A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Tamara Garrido José Augusto·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Término de caducidad
- Se confirma por caducidad de la acción pública de inconstitucionalidad
- Requisitos de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque frente a la norma acusada había operado la caducidad de la acción.
Al analizar los argumentos del recurrente la Sala Plena consideró que no cumplían con dicho requisito, en tanto no se dirigieron en contra de las consideraciones de la providencia impugnada sino a presentar consideraciones generales sobre la figura de caducidad y a reiterar las razones por las cuales el actor consideró que la norma era inconstitucional.
Tras concluir que el motivo del rechazo se ajustó plenamente a la regla que para el efecto establece el artículo 379 Superior, se NEGÓ el recurso impetrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. NEGAR el recurso de súplica interpuesto por José Augusto Tamara Garrido contra el auto del 9 de julio de 2024 que rechazó su demanda de inconstitucionalidad en contra del Acto Legislativo 01 de 2005 (parcial) "[p]or el cual se adiciona el artículo 48 de la Constitución Política".
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR el contenido de la decisión al demandante, advirtiéndole que contra esta no procede recurso alguno.
- Tercero. Ejecutoriada esta decisión, ARCHIVAR el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.